1. El 1 de febrero da comienzo el plazo de presentación de la declaración anual de operaciones con terceras personas (modelo 347) correspondiente al ejercicio 2023, que se extenderá hasta el 29 de febrero de 2024.
2. El 28 de diciembre de 2023 se publicó el Real Decreto 1171/2023, de 27 de diciembre, que introduce modificaciones el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, el Reglamento de los Impuestos Especiales y el Reglamento de procedimientos amistosos en materia de imposición directa.
3. El control de las operaciones con criptomonedas, desde que estas aparecieran en los mercados hace ya más de 10 años, ha sido un objetivo primordial para nuestras autoridades tributarias. Tanto es así que vienen siendo objeto de seguimiento por parte de las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de la AEAT desde el año 2017.
4. El Pleno del Tribunal Constitucional en sentencia de 18 de enero de 2024 ha declarado inconstitucional varias modificaciones introducidas en el Impuesto sobre Sociedades (IS) por el Real Decreto-ley 3/2016, de 2 de diciembre, por el que se adoptan medidas en el ámbito tributario dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y otras medidas urgentes en materia social.
5. En su sentencia 7/2024, de 8 de enero, el Tribunal Supremo ha fijado como doctrina jurisprudencial que la deducción por maternidad incrementada de 1.000 euros adicionales al año para aquellas madres que necesiten satisfacer gastos de custodia de sus hijos menores de 3 años, durante el tiempo que permanecen en el trabajo, aplica también cuando los niños acuden a los centros comúnmente conocidos como “guarderías”, y no solo a los oficialmente denominados “centros de educación infantil”.