1. Autoliquidaciones rectificativas en el Impuesto sobre Sociedades del ejercicio 2024. El Real Decreto 117/2024 introdujo el artículo 59 bis en el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, permitiendo autoliquidaciones rectificativas. La Orden HAC/657/2025 detalla cómo se aplican estas rectificaciones para el periodo 2024, publicada en el BOE el 24 de junio de 2025. Las modificaciones se pueden realizar en el modelo 200, excluyendo el régimen de consolidación fiscal (modelo 220). Las rectificaciones deben presentarse dentro del plazo de prescripción y especificar el motivo, ya sea por rectificaciones generales o discrepancias administrativas. Su objetivo principal es corregir declaraciones anteriores, afectando al pago o devolución de impuestos según el caso. Para más información ver punto 1 de la Newsletter páginas 1 a 3.
2. Campaña del Impuesto sobre Sociedades 2024: Principales novedades del modelo 200 que se deben conocer. La campaña del Impuesto sobre Sociedades 2024 llega con importantes novedades en el modelo 200. La principal es la autoliquidación rectificativa, que sustituye al sistema anterior de solicitud de rectificación. Se incorporan nuevas casillas para deducciones por I+D+i, información del grupo mercantil y del titular real, y se actualizan los límites sobre cifra de negocios y gastos financieros. También se introducen ajustes para cooperativas, sociedades civiles, y se facilita la reversión de deterioros anteriores a 2013. Se amplían los medios de pago, incluyendo Bizum. Se recomienda revisar el modelo cuidadosamente para evitar errores. Para más información ver punto 2 de la Newsletter páginas 3 a 6.
3. ¿Te cambias de país? Cuidado con el “Exit Tax”. El Exit Tax es un impuesto que grava las plusvalías latentes cuando una persona física o entidad traslada su residencia fiscal fuera de España. Afecta a quienes hayan sido residentes al menos 10 de los últimos 15 años y tengan participaciones relevantes. Se declara en la última declaración del IRPF y puede aplazarse en ciertos casos, como traslados a la UE o por motivos laborales. En el Impuesto sobre Sociedades, también se aplica cuando una empresa traslada su residencia, salvo que mantenga un establecimiento permanente en España. El impuesto ha sido criticado por posibles doble imposiciones y conflictos con la normativa europea. Se recomienda planificación previa. Para más información ver punto 3 de la Newsletter páginas 6 a 9.
4. La información que los bancos estarán obligados a reportar a Hacienda en 2026. A partir de 2026, los bancos y entidades financieras deberán reportar mensualmente a la Agencia Tributaria información detallada sobre todas las cuentas, incluyendo titulares, saldos y movimientos. También deberán informar sobre préstamos y créditos con saldos superiores a 6.000 €, y sobre movimientos de efectivo superiores a 3.000 €. ncluye la obligación de reportar cobros por tarjeta o Bizumrealizados por empresarios y profesionales, sin importar el importe. Estas medidas, ampliadas por el Real Decreto 253/2025, buscan reforzar el control fiscal y la transparencia financiera. Para más información ver punto 3 de la Newsletter páginas 9 y 10.
